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  • Sergio Chouza

Capturar renta, para redistribuir renta


Se presentó finalmente el Proyecto de Ley para la creación del impuesto por única vez a la Renta Inesperada. El diferencial de utilidades que obtuvieron unas pocas empresas no se explica por una nueva inversión o innovaciones tecnológicas. Es solo producto del inicio de una guerra que disparó los precios en todo el mundo. Esto es motivo suficiente para justificar la necesidad y conveniencia de este tributo excepcional. Pero hay más.


El proyecto alcanzará a aquellas empresas que tengan en el ejercicio fiscal de este año ganancias netas imponibles por sobre los $1.000.000.000 (mil millones). Solo un grupo restringido de sociedades de capital alcanza tal nivel de excedente. Además, esta ganancia tiene que haber crecido en términos reales, es decir, teniendo en cuenta el efecto de la inflación, de forma que efectivamente la empresa se haya beneficiado del shock de la guerra. Asimismo, la ley establece que los márgenes de ganancia de la empresa deben cumplir al menos una de dos condiciones: deben haber sido superiores al 10%; deben haber superado en 20% o más a los márgenes de 2021. Los contribuyentes alcanzados abonarán la alícuota adicional de 15% sobre el impuesto a las ganancias por única vez, sobre el excedente de la ganancia neta (ganancias menos los costos). Por ‘excedente’ nos referimos a la diferencia entre la ganancia de 2022, respecto a la que obtuvieron en 2021. Luego, el Estado nacional podrá direccionar estos ingresos hacia aquellos sectores afectados por el shock internacional.


El concepto de ‘renta inesperada’ no es un invento argentino. También se está implementando en otros países del mundo. En Reino Unido, el gobierno del primer ministro Boris Johnson hará que las empresas de petróleo y gas paguen un tributo temporario y focalizado de 25%, deducible por inversiones. Esta contribución se destinará a aliviar el impacto del shock inflacionario en los hogares británicos (la inflación interanual alcanzó, para el mes de abril, un 9%). La autoridad reguladora de energía de Reino Unido (Ofgem) estimó que para octubre de este año las facturas anuales de electricidad de los hogares crecerán un 42%. Debido a esto, el gravamen estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025. Con lo recaudado vía el impuesto, el gobierno de este país subsidiará por única vez con 650 libras (818 dólares o 96421,51 pesos argentinos a un tipo de cambio oficial) a 8 millones de hogares de menores ingresos del país, a través de dos desembolsos directos y subsidios en las facturas. Igualmente, en Italia se aprobó un impuesto a la renta energética para las empresas de energía con al menos 5 millones de euros de ganancia con una alícuota de 10%, anunciándose en mayo que busca ampliarse a 25%. La razón de este impuesto es solventar una rebaja en el precio de los combustibles y congelar el precio de la energía transitoriamente. Por otro lado, en España, que cuenta con un impuesto a las ganancias extraordinarias debido a la pandemia del COVID 19, el presidente Pedro Sánchez planteó reforzarlo o convertirlo haciendo foco en las empresas energéticas.


Este nuevo impuesto también tiene razón de ser al analizar la situación macroeconómica local. La sucesión de shocks inesperados (los llamados cisnes negros) como la pandemia del COVID 19 y la guerra ucraniana-rusa implicaron un cimbronazo para las finanzas domésticas. Incluso los países centrales registran problemas con el aumento del nivel de precios debido a la suba del valor de los commodities y la energía: en Estados Unidos, la inflación ascendió a 8,6% anual para el mes de mayo del corriente año. Esta situación global repercutió particularmente en la Argentina. Nuestro país se encuentra afectado por diversos descalabros macroeconómicos: el grave nivel de endeudamiento externo; la escasez de reservas internacionales y la brecha cambiaria, la gran tasa de inflación que está teniendo para esta fecha (en el mes de abril, el IPC dio un 6%), además de que debe cumplir con las metas del acuerdo de facilidades extendidascon el fondo monetario internacional (FMI), entre las que se encuentra la solvencia fiscal, reduciendo el déficit del sector público a un 2,5% del PBI para este año (meta particularmente amenazada en este marco). Teniendo en cuenta que en nuestro país el Estado nacional es el que subsidia la energía, la ley de la renta inesperada aliviaría la sobrecarga que sufren las cuentas fiscales. Desde el punto de vista recaudatorio, el aumento de la alícuota sería incluso mejor que el aumento de las retenciones, debido a que no impactaría específicamente en el sector agrícola y dejaría de lado a los pequeños y medianos productores. Los ingresos provenientes del gravamen podrán ser redistribuidos para aliviar la situación crítica de los sectores con menores recursos, particularmente afectados por la inflación.


Con trámite legislativo difícil, pero no imposible, la aplicación de este impuesto es indispensable dado el contexto económico argentino. La posibilidad de capturar renta extraordinaria y poder redistribuirla es la única alternativa para evitar un deterioro mayor en la distribución del ingreso. La economía está más sólida que en el peor momento de la pandemia, la torta se hace más grande y no es cierto que no haya nada para repartir. Pero ese crecimiento tiene que ser para todos. El peor pecado en que podría incurrir este Gobierno es quedarse de brazos cruzados mientras al crecimiento se lo quedan solo “tres o cuatro vivos”.

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